Gestión académica - Convalidación de asignaturas

Normativa general

Reglamento de Reconocimiento, Adaptación y Transferencia de Créditos de la ULPGC

Aprobado por el Consejo de Gobierno: 05/06/13
Publicación en BOULPGC: 06/06/13
Modificado por el Consejo de Gobierno: 20/12/13
Publicación en BOULPGC: 14/01/14

Normativa específica

Reconocimiento de créditos por experiencia laboral y profesional

Instrucción relativa al reconocimiento de créditos en enseñanzas universitarias establecidas al amparo del Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por experiencia laboral o profesional y por créditos cursados en enseñanzas universitarias no oficiales

BOULPGC de jueves, 6 de junio de 2013 (pág. 33 a 35)

Reconocimiento de créditos por títulos de Técnico Superior

Consejería de Educación, Cultura y Deportes

ORDEN de 29 de abril de 2005, por la que se determinan las convalidaciones de módulos y se relacionan las correspondencias establecidas en los currículos de los ciclos formativos de Formación Profesional Específica y Artes Plásticas y Diseño, en la Comunidad Autónoma de Canarias.

Boletín Oficial de Canarias núm. 94, 16 de mayo de 2005

Grado en Educación Primaria y Grado en Turismo:

Resolución del vicerrectorado de Títulos y Doctorado, de 1 de julio de 2015, por la que se procede a la publicación conjunta de todas las tablas de reconocimiento recíproco de créditos entre títulos de grado de la ULPGC y diversos títulos de técnico superior, previamente aprobadas por el consejo de gobierno.

BOULPGC de viernes, 3 de julio de 2015 (pág. 18 a 45)

Grado en Relaciones Laborales y Recursos Humanos y Grado en Trabajo Social:

Resolución del vicerrectorado de Títulos y Doctorado, de fecha 3 de noviembre de 2015, por la que se procede a la publicación de las tablas de reconocimiento recíproco de créditos entre diversos títulos de grado de la ULPGC y diversos títulos de técnico superior.

BOULPGC de martes, 3 de noviembre de 2015 (pág. 51 a 67)

Grado en Seguridad y Control de Riesgos:

Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria, de 30 de marzo de 2017, por el que se aprueban las tablas de reconocimiento de créditos entre el Grado en Seguridad y Control de Riesgos y el título de Técnico Superior en Prevención de Riesgos Profesionales.

BOULPGC de lunes, 3 de abril de 2017 (página 29)

Tipos

  • Adaptación entre planes de estudio antiguos y nuevos de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria.
  • Adaptación entre estudios conducentes a un mismo título oficial impartidos en distintas universidades.
  • Convalidación entre estudios universitarios conducentes a distintos títulos oficiales españoles.
  • Convalidación de estudios universitarios realizados en el extranjero.
  • Reconocimiento de créditos en asignaturas.
  • Reconocimiento por experiencia laboral o profesional y por créditos cursados en enseñanzas universitarias no oficiales.
  • Reconocimiento académico de asignaturas de Enseñanza Superior de nivel no universitario (Ciclos Formativos de Grado Superior)

Plazos

El plazo de presentación de solicitudes y documentación se establecerá para curso académico. Como norma general, el plazo finaliza a los diez días de haber formalizado la matrícula.

Documentación

  1. Impreso de solicitud de convalidación (solicitud de convalidaciones/reconocimiento de créditos)
  2. Certificación académica personal, en castellano, en la que consten las asignaturas o créditos superados; la calificación obtenida, las convocatorias agotadas y la rama a la que pertenece la titulación.
  3. Programas de las asignaturas vigentes en el año en que fueron superadas, en los que deberá figurar con amplitud el contenido de las disciplinas, sellados por la universidad o centro de origen en todas sus páginas, que deben estar numeradas.
  4. Plan de estudios desde el que solicita el reconocimiento, sellado por la universidad o centro de origen.
  5. Los estudiantes que soliciten la convalidación de estudios extranjeros deben presentar la documentación indicada anteriormente traducida al castellano y legalizada por vía diplomática. No se exigirá este último requisito cuando dichos documentos estén sellados con la Apostilla de La Haya (Convenio de la Haya de 5 de octubre de 1961). Además tendrán que aportar fotocopia del DNI o pasaporte.

Si se trata de reconocimiento por experiencia profesional o laboral, se deberá entregar la siguiente documentación:

  • Informe de Vida Laboral
  • Contratos o Nombramientos
  • Sin carácter vinculante para valoración, podrán aportarse certificados del Colegio Profesional correspondiente consignando la relación, entre la actividad desarrollada y las competencias que se adquirieron, con la asignatura para la que solicita el reconocimiento. En idénticos términos se podrá aportar curriculum profesional.

En los casos que se solicite el reconocimiento académico de asignaturas cursadas en Ciclos Formativos de Grado Superior:

  • Original o copia compulsada del Título correspondiente.
  • Certificación académica personal, en castellano, en la que consten las asignaturas o créditos superados y la calificación obtenida.

Plazo de presentación de la solicitud

Se presentará en el momento de realizar la matrícula.

Lugar de presentación

La solicitud y documentación se debe aportar a través de la plataforma de recepción de documentación.

Procedimiento

La matrícula pendiente de convalidaciones se considera provisional, por lo que se abonarán únicamente las tasas de carácter administrativo y las que establece el Consejo Social (19 Euros por créditos) de las asignaturas que inicialmente se matriculen, además del seguro escolar, cuando corresponda, a la espera de la resolución de la solicitud de convalidación.

Una vez resuelta la convalidación, y al formalizar la matrícula definitiva, ésta se ajustará al intervalo de créditos establecidos en la Normativa de Progreso y Permanencia, en función del tipo de dedicación elegida y el Artículo 15.1 de la citada Normativa, teniendo en cuenta que las asignaturas convalidadas no computan como matriculadas.

En lo que se refiere a las tasas, se añadirá el importe correspondiente a los precios públicos de las asignaturas que se van a cursar.

Importante:

Sólo se procederá al reconocimiento de asignaturas que estén incluidas en la matrícula.

  • Se debe entregar toda la documentación correctamente, de no ser así se anulará todo el proceso.
  • Se recomienda que si va a solicitar el reconocimiento de asignaturas, formalice la matrícula y presente la solicitud y documentación a la mayor brevedad, a ser posible en el mes de julio. Retrasos en la petición o mala cumplimentación de los requisitos provoca retrasos en nuestro estudio de la petición y con ello en la resolución final.
  • El estudiante que indica que va a solicitar reconocimiento de una asignatura, no aparece en el acta de esa asignatura. Por favor, marque sólo las asignaturas de las que vaya a solicitar el reconocimiento con el fin de evitar problemas.

Órgano que resuelve

El Vicerrector de Estudiantes, previo informe de la Comisión de Convalidaciones del Centro.

Denegación

Posibles motivos de denegación (Anexo)